domingo, 9 de diciembre de 2012


1.9  TABULADOR DE LA GESTIÓN DE LA RETRIBUCIÓN.

Todos los domingos, el periódico O Estado se Sao Paulo publica una tabla general de resultados de investigación salarial recolectados por Arthur Andersen en 100 empresas, clasificándolas en grande, mediano y pequeño tamaño y en siete de actividad. El trabajo se apoya en la Asociación Brasileña de Recursos Humanos (ABRH) y en la Asociación Paulista de Administración de Recursos Humanos (APARH). 

La Ley Federal De Trabajo
Titulo Tercero
Capitulo V

SALARIO

Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

Artículo 83.- El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio  alzado o de cualquier otra manera.

Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

Artículo 85.- Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad y  calidad del trabajo.
En el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos.

Artículo 86.- A trabajo igual,  debe corresponder salario igual.

Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Artículo 88.- Los plazos para el pago del salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.

Artículo 89.- Para determinar el monto de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores  se tomará como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo en él la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84.

Diario Oficial  De la Secretaria De Hacienda Y Crédito Publico 

ARTICULO 2
X.  Sueldo base tabular: base de cálculo aplicable para computar las prestaciones básicas en favor de los  servidores públicos, así como las cuotas y aportaciones de seguridad social;

XI. Sueldos y salarios: Las remuneraciones que se deban cubrir a los servidores públicos por concepto de sueldo base tabular y compensaciones por los servicios prestados a la dependencia o entidad de  que se trate. Los sueldos y salarios se establecen mediante importes en términos mensuales, a partir de una base anual expresada en 360 días;

XII. Tabulador de sueldos y salarios: El instrumento que permite representar los valores monetarios por concepto de sueldos y salarios en términos mensuales o anuales, determinados, en función del grupo, grado, nivel o  código autorizados, según corresponda, de acuerdo con los distintos tipos de personal.

Artículo 24.- Las prestaciones para los servidores públicos de laLey Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, son las siguientes:

I. La prima quinquenal, se otorgará en razón de la antigüedad, por cada 5 años de servicios efectivamente prestados hasta llegar a 25 años. Esta prestación se entregará sobre base mensual, en forma quincenal conforme a lo siguiente: 

IMORTE MENSUAL DE PAGOS
I
 46
5   a menos de 10 años
II
55
10 a menos de 15 años
III
82
15 a menos de 20 años
IV
109
20 a menos de 25 años
V
136
25 a años en adelante








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